Recientemente se dio a conocer, que en Venezuela, las operaciones realizadas en dólares o en criptomonedas distintas al Petro, deberán pagar un impuesto que puede llegar hasta el 20% del valor de la transacción, según lo determine el Ejecutivo Nacional. Así lo dio a conocer @elestimulo a través de un tweet.

El proyecto de Reforma de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, se realizó, con el fin de incluir un impuesto a todas las transacciones que se lleven a cabo en el país caribeño en dólares o monedas digitales distinto al Petro, que haga cualquier persona natural o jurídica.

El proyecto de reforma que ya está listo para su aprobación en segunda discusión, señala que las transacciones en divisas paguen un impuesto sobre los débitos y transacciones al menos igual o superior al que hoy pagan los débitos en Bolívares. El proyecto aplica el impuesto para estas transacciones con una tasa que va desde el 2% hasta el 20%, en el caso de las personas naturales o jurídicas que realicen pagos con divisas en efectivo o criptomonedas sin utilizar una institución financiera, que esté avalada por el Gobierno Nacional de Nicolás Maduro.

Asimismo, los pagos que realice cualquier persona natural o jurídica con divisas o criptomonedas distintas al petro, deberán pagar un importe de 2% y 8% de impuesto. 

No obstante, la alícuota inicialmente a pagar quedará en el rango de 2,5% para toda transacción en divisa o moneda extranjera, mientras que el Ejecutivo Nacional, establece cuál será la alícuota definitiva a pagar.

Cabe destacar, que esta Ley antes se aplicaba a los sujetos pasivos especiales, y ahora con la reforma, se aplicará a todo el sector privado y al ciudadano común, sea este o no un sujeto pasivo especial.

En el caso puntual de las criptomonedas, el economista y CEO de Group Venezuela, Aarón Olmos, señala que esta reforma en cuanto al tema se refiere, es mucho más complejo, ya que el pago de impuestos con operaciones en monedas digitales se dificulta, por no tener conocimiento de cómo se llevan a cabo este tipo de operaciones.

“La única manera de que el gobierno de un país pueda imponer una alícuota para el pago de impuestos es que ellos sepan y tengan conocimiento técnico de quienes hacen, qué operaciones, en qué medida y por cual vía”, destacó Olmos.

Añadiendo, que en una región como Venezuela, donde regularmente se llevan a cabo operaciones con la moneda digital como el Bitcoin (BTC), o USDT, sería imprescindible que los comercios posean una plataforma, en la que de manera automática se pueda señalar qué tipo de pago recibe para que se pueda efectuar el cobro de la alícuota.

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