El pasado 28 de abril, la Comisión Nacional de Valores de Argentina emitió nuevas disposiciones sobre las operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera que entrarán en vigor a partir del 3 de mayo de este 2023.

El comunicado oficial indica que: “se estableció un conjunto de disposiciones con la finalidad de regular con mayor intensidad el régimen de cambios y, consecuentemente, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real”.

La normativa establece los plazos mínimos de tenencia que deben respetar los valores negociables en cartera para poder realizar operaciones de venta en moneda extranjera y en jurisdicción extranjera o local.

En el caso de valores negociables emitidos bajo ley argentina, el plazo mínimo de tenencia es de un día hábil, mientras que para los emitidos bajo ley extranjera, el plazo es de tres días hábiles. Sin embargo, estos plazos mínimos de tenencia no serán aplicables para compras de valores negociables con liquidación en moneda extranjera.

La normativa establece que los Agentes de Liquidación y Compensación, así como los Agentes de Negociación, no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, tanto en jurisdicción local como extranjera, correspondiente a clientes ordenantes que mantengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, sin importar la moneda de liquidación.

Además, se establece que no podrán otorgar financiamientos para la obtención de aquellos valores negociables que serán objeto de las operaciones de venta mencionadas anteriormente.

En este sentido, para dar curso a transferencias de valores negociables adquiridos con liquidación en moneda nacional a entidades depositarias del exterior, deben observarse los mismos plazos mínimos de tenencia, salvo que, en aquellos casos en que la acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables sea producto de la colocación primaria de valores negociables emitidos por el Tesoro Nacional, o que se trate de acciones y/o Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR) con negociación en mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores.

La Comisión Nacional de Valores también establece que los Agentes de Liquidación y Compensación, así como los Agentes de Negociación, deben constatar el cumplimiento de los plazos mínimos de permanencia de los valores negociables antes de realizar cualquier operación. Estas disposiciones entrarán en vigencia a partir del 3 de mayo de 2023.

La medida busca disminuir las operaciones especulativas y la brecha cambiaria frente a la cotización oficial del dólar que ronda el 100%. La inflación superior al 120% anual, escasas reservas en el Banco Central de la República Argentina (BCRA), una pobreza que golpea a más del 40% de la población, desequilibrios en las cuentas públicas y un complicado panorama electoral crean un panorama complejo para el corto y mediano plazo.

La intervención oficial en el mercado con ventas de bonos logró atenuar la caída del peso argentino en los segmentos alternativos de cambio la semana pasada, pero no despejó las dudas del mercado sobre el futuro de la economía doméstica en un año electoral.

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