El pasado 27 de diciembre el presidente de Argentina, Javier Milei, llevó un proyecto de ley al congreso de esa nación con una serie de reformas de carácter económicas, impositivas, energéticas, penales y electorales.
Dentro de este cúmulo de medidas, llamad "Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", se ha presentado una normativa que permitiría a los ciudadanos argentinos con dinero en efectivo, bienes inmuebles y criptomonedas sin declarar en el fisco argentino, realizar una declaración jurada para luego tributar sobre estos activos y evitar así poseer estos activos fuera del margen juridico y economico de Argentina.
En Buenos Aires, a este sinceramiento financiero se le conoce como "blanqueo de capitales". En esta oportunidad, el régimen se extendería hasta el 30 de noviembre de 2024, y constaría de tres etapas definidas por la fecha de adhesión.
Se especifica que no se tomarán en cuenta los incrementos patrimoniales y bienes adquiridos en el exterior después de la pérdida de la residencia fiscal en Argentina. El compendio de medidas están enmarcadas en el "Capitulo V - Medidas Fiscales, Sección II. Régimen de Regularización de Activos", artículos comprendidos desde el 130 al 165 del texto.
El texto indica que los bienes que pueden regularizarse incluyen moneda nacional o extranjera, inmuebles, acciones, títulos valores, bienes muebles, créditos, derechos intangibles, criptomonedas y otros. Se dividen en bienes en Argentina, en el exterior y bienes excluidos. No podrán regularizarse activos depositados en jurisdicciones de alto riesgo identificadas por el Grupo de Acción Financiera.
El mecanismo de regularización implica la presentación de una declaración jurada, identificando los bienes a regularizar. Para dinero en efectivo en Argentina, se establece la creación de una "Cuenta Especial de Regularización de Activos" regulada por el Banco Central. También se mencionan reglas específicas para dinero en efectivo en el exterior.
Enfoque tributario sobre las criptomonedas
Marcos Zocaro, tributarista y consultor fiscal enfocado en criptomonedas e inversiones bursátiles, en conversación con Cointelegraph en Español, ha hecho ciertas precisiones sobre este capítulo denominado "Capítulo V - Medidas Fiscales” de la ley propuesta por el presidente argentino.
La nueva propuesta normativa indica en su artículo 137.2.- “Bienes en el exterior”, en su inciso h): "las criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares, sin importar quién ha sido su emisor, quién es su titular o dónde estuvieran depositadas, custodiadas o guardadas”.
En este sentido, Zocaro dijo que en principio “ubica a los criptoactivos como bienes del exterior”. De esta manera precisó que esto, si bien es una definición importante, ello no “modifica el impuesto a las Ganancias ni Bienes personales, sólo a los efectos del Blanqueo es que los considera del exterior”.
De igual manera, indica que un tema crucial para tomar en cuenta al momento de adherirse a esta regularización de activos en el exterior por parte de los argentinos radica en determinar si los activos se encuentran dentro de entidades financieras o agentes de custodia radicados o ubicados en jurisdicciones o países identificados por el GAFI (Grupo de Acción Financiera) como de alto riesgo o no cooperantes.
En este sentido, Marcos indica que la normativa excluye de manera taxativa estos bienes que se encuentren de manera física o a través de estos agentes o instituciones para poder incluirlos en el régimen de blanqueo de capitales propuesto.
En cuanto a los beneficios que ofrece esta normativa, el especialista indicó que las alícuotas a pagar por la regularización de los activos en el exterior son bajas, y además aclaró que la baja gradual de bienes personales hasta 2027 podría darse si la ley es aprobada.
Sin embargo, invita a ser cautos, ya que en el pasado sostiene que no existió -hasta ahora- garantía suficiente para prever lo que pueda pasar después del 2027. Indicó que: “Si bien el impuesto sobre los Bienes Personales se prorrogó hasta ese año inclusive, nadie puede asegurar que no se vuelva a prorrogar o que incluso aumente, como sucedió con la ley 27541 que, en 2019, agravó las alícuotas para bienes del exterior. Por eso la gente desconfía siempre de los blanqueos”.
En el artículo 140.2 de la misma propuesta de ley, declara el inciso h): "Criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares, sin importar quién ha sido su emisor, quién es su titular o dónde estuvieran depositadas, custodiadas o guardadas: su valor de mercado a la Fecha de Regularización o su valor de adquisición, el que fuera mayor”.
En este sentido, Zocaro sentenció que será un desafío para el fisco ya que será difícil determinar cuál será el valor de adquisición del activo si se acude a mercados peer to peer por ejemplo.
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