Los jueces del Tribunal Supremo de Dinamarca han dictado dos sentencias sobre si la venta de Bitcoin en determinadas circunstancias constituye un hecho imponible.

En una notificación de 30 de marzo, el Tribunal Supremo de Dinamarca dijo que una parte que obtuvo beneficios de la venta de Bitcoin (BTC) adquiridos a través de varias compras y donaciones estaba obligada a declarar la venta como hecho imponible, añadiendo que la compra "se hizo con fines especulativos". En un caso distinto, el tribunal dictaminó que un usuario que minara su propio BTC y posteriormente vendiera las monedas estaría sujeto a la misma consideración fiscal.

Ambos casos considerados por el tribunal supremo involucraron la adquisición de BTC entre 2011 y 2013, con ventas entre 2017 y 2018, lo que sugiere una diferencia de precio en los miles de dólares. El tribunal citó secciones de la Ley de Impuestos Nacionales del condado, señalando que había considerado la intención del primer vendedor de vender eventualmente las monedas en base a un post en un foro de Bitcoin de 2011.

"El Tribunal Supremo considera que los bitcoins recibidos deben considerarse activos adquiridos con vistas a su posterior rotación como parte integrante del negocio de [la primera parte] con el desarrollo y explotación de software para Bitcoins", decía la sentencia. "No puede considerarse que en el momento de la venta se hayan transmitido para ser [su] propiedad o patrimonio privativo". Sobre esta base, el Tribunal Supremo considera que la cesión de los Bitcoins recibidos constituyó un ingreso en [su] negocio no comercial. Por lo tanto, las ventas dan lugar a la obligación tributaria".

Coincub informó en septiembre de 2022 que las ganancias obtenidas con criptomonedas en Dinamarca podrían incurrir en una tasa impositiva de aproximadamente el 37%, pero también de hasta el 52% dependiendo de si el usuario tiene ingresos elevados. Esto colocaría al país muy por encima de las tasas de impuestos de criptomonedas en los Estados Unidos sujetos a sus leyes de ganancias de capital - entre 0% y 37% dependiendo de si el contribuyente vende activos mantenidos durante más o menos de un año y su nivel de ingresos.

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