En medio del revuelo por la presencia de Worldcoin en el país, el Banco Central de Ecuador se pronunció el pasado lunes 12 de agosto a través de un comunicado, donde ratificó que “los criptoactivos no son una moneda de curso legal en el país, ni tampoco un medio de pago electrónico autorizado a nivel nacional”, según lo establecido en el artículo 99 del Código Orgánico Monetario y Financiero. 

A través de un recorrido en Guayaquil por una de las tres oficinas que tiene Worldcoin, el proyecto de la compañía Tools For Humanity, se constató que cerca de un centenar de personas estaba interesada en escanear su iris y recibir su recompensa en criptomonedas, según lo reseñó Cointelegraph recientemente. Esto pudo ser el detonante para que las autoridades ecuatorianas se pronunciaran. 

La comunicación detalla que “en el artículo 94 del Código Orgánico Monetario y Financiero (COMF), la Junta de Política y Regulación Monetaria (JPRM) expidió las Resoluciones Nro. JPRM-2022-005-M, de 11 de febrero de 2022 y Nro. JPRM-2023-015-M, de 9 de agosto de 2023, las cuales establecen que la moneda de curso legal en la República del Ecuador es el dólar de los Estados Unidos de América”. 

En el comunicado también se explican los medios de pagos con los que pueden realizar transacciones los ciudadanos “en concordancia con lo establecido en el artículo 99 del COMF, la JPRM aprobó la Resolución Nro. JPRM-2023-014-M, de 7 de agosto de 2023, que establece que los medios de pago se clasifican en: Medios de pago físicos; medios de pago electrónicos; y billeteras electrónicas”. 

Adicionalmente, esta resolución, en su artículo 5, determinó que los medios de pago electrónicos son los siguientes: “Transferencias electrónicas de dinero para efectuar pagos; transferencias electrónicas de dinero para efectuar cobros; tarjetas de crédito; tarjetas de débito; y tarjetas prepagas, recargables o no". Este último párrafo deja claro de manera explícita que el uso de las criptomonedas están prohibidas en el país:

Con base en la normativa citada, los criptoactivos no son una moneda de curso legal en nuestro país, ni tampoco un medio de pago electrónico autorizado a nivel nacional

Concluyeron haciendo un llamado a cumplir la ley o de lo contrario podrían ser castigados por la ley “el uso de medios de pago no autorizados por la JPRM, o su simulación total o parcial, está expresamente prohibido de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del COMF. El BCE, en caso de identificar el uso de criptoactivos como medio de pago, pondrá en conocimiento de la Fiscalía General del Estado para su correspondiente investigación y sanción”.

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