La abogada Paula Rodríguez Medalla explicó, a través de una publicación, que el proyecto del Banco Central de Uruguay introdujo un marco más estricto para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) financieros y un régimen diferenciado para los no financieros, con consulta pública abierta hasta septiembre de 2025.
La abogada, especialista en cumplimiento normativo y tecnologías, analizó los aspectos clave de la propuesta y explicó que los PSAV financieros abarcaría a aquellas entidades que realicen actividades como el intercambio de activos virtuales con dinero fiduciario, la custodia de criptoactivos o la provisión de servicios financieros vinculados a ofertas de tokens. Para operar, estos proveedores tendrían que contar con autorización de la Superintendencia de Servicios Financieros, agregó.
En su análisis, señaló que el proyecto define como activo virtual financiero a cualquier representación digital de valor que conlleve riesgo de contraparte, otorgue derechos económicos y pueda usarse para pago o inversión. Según precisó, esto podría incluir criptomonedas como Ethereum en determinados contextos, especialmente cuando entran en juego recompensas por staking o airdrops.
Respecto de los PSAV no financieros, la letrada indicó que estos proveedores —como los vendedores de NFT— deberán inscribirse antes de iniciar actividades, aunque no estarían sujetos a los mismos requisitos de gobernanza, capital o separación de fondos que se exigen a los financieros. Sin embargo, aclaró que sí tendrán la obligación de someterse a auditorías externas en materia de prevención de lavado de activos, lo que los coloca dentro del marco de supervisión de la normativa financiera.
Rodríguez Medalla también destacó que la normativa permitiría una debida diligencia simplificada para operaciones inferiores a 1.000 dólares, lo que probablemente abriría la puerta a una mayor inclusión de usuarios ocasionales. Además, se habilitó el uso de procesos de verificación a distancia como alternativa al contacto presencial, siempre que se garantice un sistema de onboarding robusto, explicó.
En cuanto a las exigencias para los PSAV financieros, la abogada subrayó que el proyecto estableció un patrimonio mínimo de 1.500.000 unidades indexadas y una garantía de 2.000.000 UI ante el BCU, lo que equivaldría en conjunto a más de 500.000 dólares. A su juicio, estas condiciones podrían convertirse en una barrera de entrada significativa para nuevos participantes, limitando la competencia en el mercado local.
Finalmente, Rodríguez Medalla concluyó que, aunque la normativa fortalece la protección del sistema financiero, aún existe margen para ajustar el marco regulatorio durante la etapa de consulta. El desafío —enfatizó— será mantener un equilibrio entre la seguridad jurídica y la posibilidad de que nuevos actores puedan ingresar y dinamizar el ecosistema de activos virtuales en Uruguay.
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