El pasado 12 de febrero, en Honduras, la Secretaría General de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros a través de una circular CNBS Nº 003/2024 ha dispuesto prohibir a las entidades bajo la supervisión de esa comisión, invertir, operar e incluso ser intermediario en las operaciones con criptoactivos, criptomonedas, monedas virtuales, tokens u otros activos similares que no sean emitidos por el Banco Central de Honduras. 

La circular explica:

Desde 2018, el Banco Central de Honduras "ha emitido cinco (5) comunicados para informar a la población hondureña que las criptomonedas o monedas virtuales, no cuentan con respaldo, y no se encuentran reguladas ni se garantiza su uso; por lo que no gozan de la protección que otorgan las leyes nacionales”.

Además, agregan que el marco de esta decisión se encuentra respaldado en la recomendación 15 del  Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), relativa a la identificación, evaluación y comprensión de "los riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que surgen de las actividades de activos virtuales".  

Del cuerpo normativo aprobado se observa que, en principio, cualquier forma de relacionarse con criptomonedas, activos virtuales o criptomonedas en cualquiera de sus formas, está prohibida para las entidades financieras que operan en el país, y agrega la normativa al final del primer inciso de esta resolución “así como tampoco permitir a sus usuarios financieros el uso de sus plataformas para realizar operaciones con este tipo de instrumentos”.

Esta práctica no es nueva en países de América Látina. Países como Venezuela, previo a la aprobación y emisión del Petro (criptomoneda emitida por el gobierno respaldada por el petróleo) y Argentina, por citar un segundo ejemplo, han emitido regulaciones de orden sublegales parecidas a la reciente resolución de CNBS de Honduras.

El efecto en ambos casos fue el incremento del mercado Peer to Peer y la migración de empresas dedicadas al sector criptográfico al exterior para poder operar dentro de las fronteras de esos países. 

Sin embargo, en ninguno de los casos traídos a colación anteriormente se contaba con una ciudad turística como Santa Lucía, en Honduras, que desde el 2022 acepta bitcoin como método de pago en más de 60 negocios adheridos en esa época. Cointelegraph en Español en ese momento indicó:

“Coincaex está proporcionando el equipo y los servicios necesarios para realizar criptopagos, mientras que Blockchain Honduras está proporcionando educación sobre el uso de criptomonederos”.

Tampoco contaban con una zona del país en la que se adoptó bitcoin como moneda de curso legal en 2022. Esta zona en Honduras se conoce como Zona de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE). La ZEDE está ubicada en Próspera, Roatán, y más recientemente, el pasado 7 de enero, se reconoció a bitcoin como unidad contable, lo que significa para los empresarios de esa zona que pueden utilizar bitcoin para medir el mercado de bienes y servicios. 

Jorge Colindres, gerente en funciones y comisionado fiscal de la ZEDE de Próspera publicó en la red social X (antes Twitter) el pasado 7 de enero la noticia indicando que con esta postura se busca fomentar la libertad financiera de las personas:

Todas estas comparaciones de Honduras con países como Venezuela y Argentina son recopiladas con el fin de mostrar la forma en la que se ha venido desenvolviendo el uso bitcoin en ese país antes de esta decisión. 

Por ello, con esta norma de carácter sublegal, se modifican varios aspectos que se vienen desenvolviendo actualmente en Honduras, tal y como se ha correlacionado.

Si bien, el Banco Central de Honduras en reiteradas oportunidades ha declarado, a través de circulares, que bitcoin no es aceptada en el país como moneda de curso legal, y que la potestad discrecional sobre la emisión de moneda de curso legal recae exclusivamente en esa institución, la postura no había limitado como hasta ahora la mezcla de los sistemas financieros para operar con criptomonedas, tokens, activos virtuales y criptoactivos. 

No queda claro si la autonomía que posee la ZEDE permite obviar este tipo de resoluciones y en este sentido seguir aceptando bitcoin como medio de pago y ahora como unidad contable en Próspera. 

Aclaración: La información y/u opiniones emitidas en este artículo no representan necesariamente los puntos de vista o la línea editorial de Cointelegraph. La información aquí expuesta no debe ser tomada como consejo financiero o recomendación de inversión. Toda inversión y movimiento comercial implican riesgos y es responsabilidad de cada persona hacer su debida investigación antes de tomar una decisión de inversión.