Los puntos de vista y las opiniones expresadas aquí son exclusivas del autor y no reflejan necesariamente los puntos de vista de Cointelegraph.com. Cada movimiento de inversión y cotización implica riesgos, debes realizar tu propia investigación al tomar una decisión. Este texto no debe ser considerado como un consejo legal.

En nuestra Opinión de Expertos, los líderes de opinión de dentro y fuera de la criptoindustria expresan sus puntos de vista, comparten su experiencia y brindan asesoramiento profesional. Opinión de Expertos lo cubre todo, desde la tecnología blockchain y el financiamiento de las ICOs hasta impuestos, regulación y adopción de criptomonedas por diferentes sectores de la economía.

Si deseas contribuir con una Opinión de Expertos, envía tus ideas y CV a george@cointelegraph.com.

La criptocomunidad enfrenta cada vez más problemas de cumplimiento tributario, especialmente con el IRS estadounidense. Y sin una amnistía criptocéntrica expresa, algunas personas se han unido a la principal amnistía internacional del IRS conocida como el Programa de Divulgación Voluntaria Offshore (OVDP, por sus siglas en inglés). Puede haber cuentas criptográficas offshore, o solo cuentas bancarias offshore que pueden ser un gancho para obtener la amnistía del IRS.

Sin embargo, después de una ejecución de 10 años, el OVDP se cerrará formalmente el 28 de septiembre del 2018, y algunas personas se apresuran a entrar. El programa optimizado seguirá existiendo, pero al comparar los dos, uno debe considerar auditorías optimizadas. La mayoría de los comentaristas acuerdan que la fecha límite del 28 de septiembre es la fecha en que un contribuyente debe enviar su "Presentación inicial" para solicitar la admisión.

Una solicitud de preautorización no es suficiente. Este es un primer paso opcional antes de ingresar al OVDP que involucra una pequeña cantidad de detalles. El propósito de solicitar preautorización es confirmar que el IRS no lo está investigando. La preautorización siempre tiene una respuesta de sí o no. Por lo general, la respuesta es sí, lo que significa que puede ir al siguiente paso para unirse al OVDP.

Las solicitudes de preautorización son generalmente una buena idea. Pero a medida que la fecha límite del 28 de septiembre se acerca, más personas pueden renunciar a este paso y saltar directamente a la presentación inicial. Una solicitud de preautorización solo requiere la siguiente información:

  1. Información sobre el contribuyente: nombre completo, fecha de nacimiento, número de identificación fiscal / número de seguridad social, direcciones, números de teléfono.
  2. Información sobre instituciones financieras extranjeras no divulgadas, incluido el nombre de la institución financiera, dirección, número de teléfono.
  3. Información sobre Entidades No Públicas (Corporaciones, Asociaciones, LLC, Fideicomisos, Fundaciones) a través de las cuales se mantienen Cuentas y Activos Extranjeros No Divulgados, incluido el Nombre de la Entidad (incluido el nombre comercial), el EIN (si corresponde), la Dirección de la Entidad y Jurisdicción en que se organizó la Entidad.

Es posible que el IRS tarde 30 días en responder. Con el cierre de OVDP, una solicitud de preautorización debe enviarse pronto. Con la fecha límite del OVDP del 28 de septiembre del 2018, ensamble la presentación inicial mientras espera una respuesta. En el pasado, una vez que un contribuyente estaba preaprobado para ingresar al OVDP, el contribuyente tenía 45 días para presentar su presentación inicial. Pero no está claro si obtendrás ese tiempo si te extiendes más allá del 28 de septiembre del 2018.

La Presentación Inicial requiere más información que la Solicitud de Preautorización. Las presentaciones iniciales incluyen una carta de presentación que describe los hechos y el historial de informes. Además, se incluyen dos formularios. El primero es el Formulario 14457. Para completarlo, incluye cómo aprendió sobre el OVDP, la fuente de los fondos extranjeros, una estimación de los valores combinados de cuentas / activos para cada año y otra información general. Solo se necesita un Formulario 14457.

El segundo es el Formulario 14454, y necesita uno para cada cuenta extranjera. El Formulario 14454 contiene preguntas más detalladas. Por ejemplo, le pregunta si realizó depósitos en la cuenta extranjera de los Estados Unidos, o si transfirió fondos de la cuenta a los Estados Unidos. También pregunta sobre las personas en la institución financiera que asesoraron sobre la cuenta en el extranjero.

Los aspectos más lentos de una divulgación del OVDP son la recopilación de extractos bancarios y la preparación de declaraciones de impuestos y FBAR. No son necesarios para la presentación inicial. Normalmente se completan y envían con la "Presentación final", que no necesita completarse antes del 28 de septiembre de 2018.

Para la mayoría de las personas, pagar los impuestos, intereses y multas, incluso en hasta 8 años, según lo requiera OVDP, no es tan malo. Es la penalización más grande basada en la cuenta en el OVDP la más difícil de tragar. Puede ser el 27.5 por ciento o el 50 por ciento del valor más alto de su cuenta durante el período de 8 años. Sin embargo, si ingresas al OVDP, puede valer la pena considerar la posibilidad de optar por no participar, antes de pagar todas las penalidades y firmar el acuerdo de cierre.

Entrar al programa para optar por salir suena extraño, y ciertamente no es para todos. Pero con los hechos correctos, puede hacer una gran diferencia en la línea de fondo. La elección de exclusión voluntaria es irrevocable y generalmente se realiza después de que el IRS calculó una sanción propuesta. Eso podría ser un año o más después de ingresar al programa. Para entonces, habrás cumplido completamente y ha arreglado todos sus informes erróneos.

También pagaste todos los impuestos e intereses que les debías, más multas por declarar menos. Pero las penalizaciones más importantes se basan en el tamaño de su cuenta, y eso es lo que puede estar en juego en una exclusión voluntaria. Por supuesto, una exclusión voluntaria también conlleva riesgos. El IRS puede evaluar fraudes civiles o multas por devolución de información. De acuerdo con el Servicio del Defensor del Contribuyente, más de 1000 contribuyentes se excluyeron de los programas de divulgación voluntaria offshore del 2009 y 2011.

La mayoría de los dólares pequeños involucrados, lo que parece contraintuitivo. Para algunos abogados de impuestos, la situación es al revés, donde las salidas pueden implicar mucho dinero. Los incentivos para optar por no participar parecen mucho mayores si hay mucho dinero en juego. Si puedes pagar una multa de $50 000 en el OVDP, optar por salir probablemente no puede ahorrarte demasiado, incluso si termina con sanciones no voluntarias.

Sin embargo, una multa de $500 000 dentro del OVDP puede hacer que la exclusión sea difícil de resistir, especialmente si tienes buenos hechos. Si enfrentas una multa de $1 millón o más, puedes ser aún más convincente. Aunque las posibles sanciones FBAR pueden ser altas, los resultados de exclusión pueden ser bastante dramáticos en los hechos correctos. Las admisiones pasadas, incluso las presentaciones del OVDP, se pueden usar contra el contribuyente si él o ella opta por no participar. Por lo tanto, es importante considerar lo que le dijo al IRS antes de realizar la elección de exclusión voluntaria.

El OVDP es predecible, mientras que la opción de exclusión es mucho menor. Pero el tiempo y el gasto pueden pagar enormes dividendos. Si no tienes evidencia de voluntariedad, los números pueden hacer que la exclusión sea atractiva. El asesoramiento individual sobre sus hechos particulares es importante. Los hechos que sugieren obstinación pueden ser especialmente así. Sin embargo, mover dinero de un banco a otro no siempre significa obstinación. Incluso las empresas pantalla no necesariamente impiden la exclusión. Para aquellos con los hechos correctos y la voluntad de soportar algún riesgo, optar por salir puede a veces ahorrar grandes cantidades de dinero. Vale la pena evaluar cuidadosamente, incluso cuando uno ingresa al programa.

Robert W. Wood  es un abogado fiscal que representa a clientes en todo el mundo de oficinas en Wood LLP, en San Francisco. Es autor de numerosos libros de impuestos y escribe frecuentemente sobre impuestos para Forbes.com, Tax Notes y otras publicaciones. Esta discusión no pretende ser un consejo legal.