Adolfo Morán, en una publicación en la red social Linkedin, ha informado que en Perú se dió un paso significativo en la regulación del mercado de criptoactivos. Esto fue debido a la entrada en vigor de la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, aplicable a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales.
En su publicación explicó que esta normativa, dirigida principalmente a exchanges, casas de cambio y otras plataformas que operan con criptomonedas como bitcoin, ethereum y solana, establece un marco claro y obligatorio para la comercialización, custodia y transferencia de criptoactivos.
Con esta norma, las empresas que operan en este sector deberán cumplir con una serie de obligaciones destinadas a fortalecer la seguridad y la transparencia en sus operaciones. Entre las principales exigencias se encuentran la designación de un Oficial de Cumplimiento, responsable de supervisar todas las actividades relacionadas con la prevención del lavado de activos; la implementación de políticas y procedimientos internos que aseguren el cumplimiento de la norma; y la identificación exhaustiva de clientes, proveedores, trabajadores y directores.
Además, las empresas estarán obligadas a identificar, valorar y controlar los riesgos asociados al lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y a capacitar a todo su personal en estas materias. Estas medidas buscan reducir las posibilidades de que los criptoactivos sean utilizados para fines ilícitos, alineándose con los estándares internacionales en la lucha contra el lavado de dinero.
A pesar de que la norma es un avance necesario, especialmente en un contexto global donde la regulación de criptoactivos es cada vez más estricta, también plantea desafíos considerables.
Para las empresas que operan en este rubro, y especialmente para las personas naturales que carecen de recursos suficientes, cumplir con estas nuevas obligaciones puede representar un reto significativo.
Señala la publicación que, en comparación con otras normativas antilavado en Perú, esta norma se sitúa un poco por debajo de las regulaciones aplicables a entidades supervisadas por la Superintendencia de Mercados de Valores y la La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones, como bancos y cajas municipales, pero es considerablemente más estricta que las normas aplicables a FinTechs, como las empresas de lending y cambio de divisas.
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