El Reglamento MiCA entrará en aplicación el 30 de diciembre de 2024. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) informó sobre el periodo transitorio en España y las obligaciones de notificación para proveedores de servicios de criptoactivos. Así lo dio a conocer la CNMV a Cointelegraph en español a través de un comunicado.

Periodo transitorio reducido en España

España aplicará —informaron— un periodo transitorio de 12 meses, que finalizará el 30 de diciembre de 2025. Este plazo permitirá a los proveedores de servicios de criptoactivos (PSAV) ya operativos continuar prestando sus servicios mientras tramitan las autorizaciones requeridas por MiCA. No obstante, los PSAV deberán cumplir estrictamente con las normativas vigentes y evitar operar sin la debida autorización, ya que podrían ser incluidos en las listas negras de la CNMV como “chiringuitos financieros”, aclararon.

El Banco de España, que hasta ahora mantenía un registro de PSAV, dejará de realizar nuevas inscripciones a partir del 30 de diciembre de 2024, aunque continuará verificando las entidades previamente inscritas, puntualizaron.

Obligaciones de notificación bajo MiCA

El Título II del Reglamento MiCA —informaron— introduce nuevas obligaciones para los oferentes y operadores de plataformas de negociación de criptoactivos. Estas incluyen la presentación de libros blancos de criptoactivos y comunicaciones publicitarias a la CNMV, utilizando una plantilla estandarizada que entrará en vigor en diciembre de 2025. Hasta entonces, las notificaciones deberán realizarse de manera provisional a través de la Sede Electrónica de la CNMV, explicaron.

Además, explicaron que los libros blancos deberán publicarse en sitios web accesibles al público y mantenerse disponibles mientras los criptoactivos estén en circulación. Por otro lado, los oferentes deberán detallar la naturaleza de los criptoactivos y justificar por qué no se consideran excluidos del ámbito del Reglamento MiCA, agregaron.

Apoyo y consultas al sector

Para garantizar el cumplimiento, la CNMV ha habilitado un canal de consultas en la dirección de correo electrónico consultastituloIImica@cnmv.es. Esto permitiría a las entidades resolver dudas sobre la normativa y sus requisitos, asegurando una transición efectiva al marco regulador de MiCA.

Un paso clave hacia la armonización regulatoria

La implementación del Reglamento MiCA —mencionaron— marcaría un avance significativo en la regulación de los criptoactivos en Europa. La CNMV también reiteró su compromiso con la capacitación y la transparencia para facilitar la adaptación del sector a este nuevo entorno normativo.

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