La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) aplicará en España directrices emitidas por ESMA sobre requisitos de idoneidad, clasificación de criptoactivos y medidas de seguridad en el marco del Reglamento MiCA, según lo publicado por la Comisión en su página web.
Según la información dada, la CNMV ha comunicado a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) su decisión de adoptar cinco directrices de desarrollo del Reglamento MiCA, que servirían como referencia en sus funciones de supervisión en España. Estas directrices tendrían por objetivo armonizar la aplicación del reglamento europeo y proporcionar mayor claridad a las entidades del sector.
1. Requisitos de idoneidad y estado de cuentas periódico en la gestión de carteras
Establecieron que los proveedores de servicios deben evaluar la idoneidad de los inversores en criptoactivos cuando se ofrezcan servicios de asesoramiento o gestión de carteras. Aunque se inspiran en los principios de MiFID, han sido adaptadas las directrices al contexto cripto. Entre otras medidas, se detalla la obligación de actualizar la información del cliente al menos cada dos años.
También informaron que se incluyen los requisitos para el formato del estado de cuentas periódico, alineados con los criterios ya establecidos por MiFID.
2. Procedimientos para servicios de transferencia de activos
En este apartado, se especificó que los proveedores deben mantener políticas claras sobre el funcionamiento de los servicios de transferencia, incluyendo la entrega de información a los clientes, plazos de ejecución, procedimientos en caso de errores y la responsabilidad ante transferencias no autorizadas o incorrectas.
3. Clasificación de criptoactivos
Se explicó que las nuevas pautas ayudan a los oferentes a clasificar adecuadamente los criptoactivos según lo previsto en el artículo 97.1 de MiCA. Incluyen plantillas estandarizadas y un diagrama de flujo que facilita la identificación del tipo de activo: ficha referenciada a activos, ficha de dinero electrónico u otro tipo de criptoactivo.
4. Supervisión de captación de clientes desde terceros países
Estas directrices precisaron en qué situaciones se considera que una empresa de fuera de la Unión Europea está captando clientes dentro del territorio europeo. También se describieron prácticas de supervisión para evitar que las entidades eludan la normativa bajo el concepto de captación inversa.
5. Normas de seguridad para sistemas y accesos
La última directriz adoptada que detallaron habla de los requisitos técnicos y organizativos en materia de sistemas y protocolos de acceso seguros para oferentes y solicitantes de admisión a negociación de criptoactivos, con excepción de las fichas referenciadas a activos y fichas de dinero electrónico.
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