La Audiencia Nacional de España rechazó la apelación de Worldcoin sobre la medida cautelar emitida por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que le prohíbe a la empresa seguir recopilando datos biométricos en el país, a través del escaneo del iris, a cambio del pago en criptomonedas, según informó Infobae.
Hace apenas unos días atrás, la AEPD dictó una medida cautelar contra Tools for Humanity Corporation para solicitar el cese inmediato en la recopilación y procesamiento de datos personales en España, parte fundamental del proyecto Worldcoin, lo que dejó a la agencia paralizada, sin embargo apelaron la medida, alegando que difunden afirmaciones inexactas y engañosas.
La información fue dada a conocer a través de un comunicado que emitió el responsable de protección de datos de Tools for Humanity, Jannick Preiwisch, donde acusa al ente gubernamental español de:
"Eludir la legislación de la UE con sus acciones, que se limitan a España y no a la UE en general, difundiendo afirmaciones inexactas y engañosas sobre nuestra tecnología a nivel mundial"
En el comunicado, Preiwisch afirmó que "esfuerzos por colaborar con la AEPD y ofrecerles una visión precisa de Worldcoin y World ID quedaron sin respuesta durante meses", y se muestra "agradecido de tener ahora la oportunidad de ayudarles a entender mejor los hechos importantes relacionados con esta tecnología esencial y legal".
El responsable de Worldcoin también recalca en su nota que llevan "meses trabajando con la autoridades de protección de datos Bávara, que es la principal autoridad supervisora para Worldcoin a nivel europeo". Asimismo, insiste en que la tecnología que aplican es la solución "más segura para preservar la privacidad de la humanidad en la era de la IA".
A pesar de los alegatos que presenta la compañía, la Sala de lo Contencioso-administrativo española considera que, atendiendo a la ponderación de los intereses en conflicto y a la vista de las circunstancias concurrentes sobre denuncias por parte de los ciudadanos, debe prevalecer:
“La salvaguarda del interés general que consiste en la protección del derecho al resguardo de datos personales de los interesados frente al interés particular de la empresa, fundamentalmente económico”
El tribunal entiende que, en caso de una futura sentencia favorable, Tools for Humanity Corporation (TFH), dependiente de Worldcoin, podrá ser indemnizada, por lo que no existiría un “perjuicio irreparable” como alega en su recurso.
La empresa además argumentó que la prohibición de la AEPD le supondría “elevadísimos” daños y perjuicios tanto en España como a nivel mundial. Además, argumenta que la resolución se extralimitó en su competencia, considerando que debía ser la autoridad de Baviera la competente para controlar el correcto cumplimiento de la protección de datos por parte de la empresa.
La Sala de la Audiencia Nacional se basa precisamente en la resolución de la AEPD, que explica cómo el proyecto de Worldcoin es un tratamiento de datos biométricos que afecta a numerosas personas, incluidos menores, sin tener permisos o acreditaciones, según el organismo público.
Semanas previas a la medida cautelar, la AEPD ya se encontraba revisando varias denuncias realizadas en España y Cataluña, en las que se denunciaba que Tools for Humanity Corporation estaba capturando datos de menores. Además, se ponía en conocimiento del organismo responsable de la protección de datos en España que existía desinformación. En estas reclamaciones estaría basada la prohibición del proyecto en el país.
Tras su fallo, los jueces de la Sala de lo Contencioso-administrativo recuerdan que la medida es temporal, por un plazo máximo de tres meses, por lo que si se le diera la razón a Tools for Humanity Corporation en cuanto al fondo del asunto, no se impediría que la empresa pudiera continuar con su actividad en un futuro.
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