En España, los partidos políticos gobernantes, PSOE y Podemos, firmaron un acuerdo el pasado mes de diciembre que incluía la intención de crear una ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Entre los objetivos de este texto está poner el foco en las criptomonedas, la doble contabilidad en los negocios y los pagos con dinero en efectivo. Así lo informó Libre Mercado el 20 de febrero.
Según el artículo de Libre Mercado, la norma ya ha superado los trámites para entrar en el Congreso y ser aprobada. Y la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, aseguró en una de las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros que estaban trabajando en aprobar un paquete de medidas y la transposición de directiva sobre tributación.
“Una vez que se apruebe el texto y entre en vigor, los contribuyentes deberán informar a Hacienda sobre la posesión y el uso de criptomonedas. Además, no habrá límites exentos y se deberá comunicar al fisco todas las operaciones que se realicen, así como los saldos que se tengan en las carteras virtuales. Es decir que, si un contribuyente decide comprar 10 euros en bitcoin, deberá informar de ello a la Agencia Tributaria”, detallaron en el portal Libre Mercado.
“Con este nuevo texto legal, también se prohibirá la producción y tenencia de softwares que permitan manipular datos contables y de gestión empresarial. Además, las compañías que hagan uso de estos programas electrónicos podrían enfrentarse a multas de hasta 150,000 euros. Cabe señalar que, en los últimos años, Hacienda ya ha estado haciendo investigaciones contra estos programas", añadieron.
Por otra parte, según informó el portal Xataka, el paquete de medidas ha tomado como fuente a un anteproyecto de ley presentado en octubre de 2018. Aquel anteproyecto de ley contemplaba 16 artículos y en el quinto se introducían diversas modificaciones en el ámbito del IRPF, incluyendo lo siguiente:
"A su vez, con la finalidad de reforzar el control tributario sobre los hechos imponibles relativos a monedas virtuales, se establecen dos nuevas obligaciones informativas referidas a la tenencia y operativa con monedas virtuales.
Así, se introduce una obligación de suministro de información sobre los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales, a cargo de quienes proporcionen servicios en nombre de terceros para salvaguardar claves criptográficas privadas que posibilitan la tenencia y utilización de tales monedas, incluidos los proveedores de servicios de cambio de las citadas monedas si también prestan el mencionado servicio de tenencia.
Igualmente, para estas mismas personas o entidades, se establece la obligación de suministrar información acerca de las operaciones sobre monedas virtuales (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan. Esta misma obligación se extiende a quienes realicen ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales".
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