La Comisión Nacional de Valores (CNV) de Argentina precisó el alcance del pago de la tasa de fiscalización y control para el año 2025 aplicable a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) extranjeros que decidan radicarse en el país.
De esta forma, a través del Criterio Interpretativo N° 100, el organismo aclaró en un comunicado publicado que no se exigirá un doble pago a las nuevas sociedades locales que continúen la actividad de una entidad extranjera que ya haya abonado la tasa del ejercicio 2025.
Tasa de fiscalización para PSAV extranjeros
De acuerdo con la normativa vigente, las sociedades extranjeras inscritas en el Registro de PSAV al 15 de octubre de 2025 deberán abonar la tasa anual de fiscalización entre los días 3 y 7 de noviembre, fechas establecidas tras una reprogramación realizada por el organismo anunciada a finales de septiembre.
De esta forma, con el nuevo Criterio Interpretativo, la CNV aclaró qué sucederá en los casos en que una de estas sociedades extranjeras opte por constituir una filial en la República Argentina para continuar su actividad como PSAV.
En este sentido, si la nueva sociedad local obtiene su inscripción después del 15 de octubre, no deberá volver a pagar la tasa correspondiente al ejercicio 2025, siempre que se verifique que la sociedad extranjera original ya hubiera efectuado dicho pago, según destacó el nuevo CRI, el cual señaló que:
“Cuando la sociedad extranjera inscripta como PSAV opte por desarrollar la actividad a través de una sociedad constituida en el país, conforme lo previsto en la Resolución General N° 1058, y esta última se inscriba en el Registro con posterioridad al 15/10/2025, no corresponderá exigir nuevamente el pago de la tasa anual 2025 a la sociedad local, en tanto se verifique que la sociedad extranjera hubiere abonado la tasa correspondiente al ejercicio 2025”
Asimismo, el comunicado de la CNV precisó que el pago realizado por el PSAV extranjero se considerará válido y extensivo a la sociedad local continuadora, exclusivamente para el ejercicio 2025. Por su parte, a partir del ejercicio 2026, las sociedades locales deberán cumplir con el régimen general de pago anual, agregó la entidad.
Simplificación regulatoria
Esta aclaración se enmarca en un proceso más amplio de desregulación y simplificación del mercado de capitales iniciado por la CNV, a través de un proceso de revisión interno donde el organismo busca eliminar trámites innecesarios, reducir costos y revisar o derogar regulaciones obsoletas.
El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó esta iniciativa como parte de un plan para “quitar trabas y normativas innecesarias y restrictivas”, impulsando así el desarrollo del mercado sin desproteger al inversor.
Anteriormente, como informamos en Cointelegraph en Español, el regulador de valores argentino, mediante Criterio Interpretativo N° 96, fijó condiciones específicas para que las Personas Jurídicas inscriptas como PSAV acrediten el cumplimiento del patrimonio neto mínimo exigido por la normativa vigente.
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