La Comisión Nacional de Valores de Argentina (CNV) dio un nuevo paso en la modernización del mercado de capitales argentino con la aprobación de la Resolución General N° 1081, publicada en agosto de 2025. Con ella se habilita la representación digital de un abanico más amplio de valores negociables, entre ellos acciones —incluidas las de doble listado—, obligaciones negociables y Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR).
Este avance marca la segunda etapa de un proceso iniciado en junio, cuando la Resolución General N° 1069 introdujo por primera vez la posibilidad de tokenizar activos del mundo real y ciertos valores negociables sin cotización, bajo un régimen controlado de innovación. Aquella resolución estableció las bases jurídicas y técnicas para la tokenización en Argentina, incluyendo la utilización de tecnologías de registro distribuido (TRD), la custodia centralizada en el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN) y la participación de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).
La RG 1069 también definió que este esquema funcionaría dentro de un Sandbox Regulatorio, limitado a un año, con el fin de evaluar su impacto. Ese primer marco reguló, por ejemplo, la tokenización de certificados de participación en fideicomisos financieros y cuotapartes de fondos de inversión cerrados con oferta pública, siempre que su respaldo fueran activos del mundo real.
Sobre esa base, la CNV amplía ahora la cobertura a valores con cotización, completando lo que su presidente, Roberto E. Silva, describió como “un régimen innovador y pionero para la Argentina y para la región”. Según destacó, esta segunda etapa busca consolidar la vanguardia del país en materia regulatoria y brindar seguridad jurídica a emisores e inversores en un terreno aún emergente a nivel global.
La nueva resolución incorpora modificaciones derivadas de la consulta pública realizada con actores del mercado. Entre ellas, se habilita la intervención de los PSAV como depositantes ante el ADCVN, se incorpora a los Agentes de Liquidación y Compensación Integrales como titulares registrales, y se reconoce a los inversores el derecho de exigir en cualquier momento el reemplazo de la representación digital por la forma tradicional.
La norma establece también que la representación digital de valores negociables gozará de equivalencia funcional frente a sus representaciones cartulares o escriturales, siempre que cumplan condiciones de seguridad, trazabilidad, inmutabilidad y verificabilidad.
En el plano regional, Argentina se suma a experiencias similares como la de Brasil con la Resolución CVM N.° 29 o el régimen piloto europeo de 2023. Sin embargo, un referente clave en Latinoamérica es El Salvador, que desde enero de 2023 cuenta con la Ley de Emisión de Activos Digitales (LEAD), la cual otorga certeza jurídica a la tokenización de activos y contempla incentivos fiscales para emisores y proveedores. Esa legislación ya permitió emisiones tokenizadas en sectores como agrocommodities e inmobiliario, consolidando al país como un hub en formación para las finanzas digitales.
Con esta segunda fase, la CNV refuerza su apuesta por un mercado de capitales más dinámico e inclusivo, que integra innovación tecnológica con seguridad jurídica. El paso dado, en continuidad con la resolución de junio, representa un salto en la evolución regulatoria argentina y un acercamiento a las experiencias más avanzadas de la región.
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