El Banco de España dio un paso relevante hacia la modernización del sistema de información financiera con la aprobación de la Circular 1/2025, una norma que introduce modificaciones sustanciales en los requerimientos de reporte contable exigidos a las entidades de crédito.
El objetivo central de la reforma es doble: por un lado, simplificar los procesos de reporte y reducir la carga administrativa para el sector financiero; por otro, garantizar que la normativa española mantenga una plena coherencia con las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas en la Unión Europea (NIIF-UE).
La nueva circular, publicada el 29 de diciembre oficialmente en el Boletín Oficial del Estado, presente en el sitio web del banco, actualiza principalmente la Circular 4/2017, que regula la información financiera pública y reservada y los modelos de estados financieros, así como la Circular 1/2013, relativa a la Central de Información de Riesgos (CIR). Según explicó el propio supervisor, esta revisión responde a la necesidad de evitar la coexistencia de criterios contables distintos entre las cuentas individuales y consolidadas de las entidades, un aspecto clave para la transparencia y la comparabilidad de la información financiera.
Uno de los ejes centrales de la reforma es el alineamiento con los cambios introducidos en la NIIF 9 sobre instrumentos financieros. Estas modificaciones afectan, entre otros aspectos, a la clasificación y valoración de determinados activos financieros cuyos flujos de efectivo están condicionados a eventos específicos, como el cumplimiento de objetivos de ahorro energético o de reducción de emisiones. Con los nuevos criterios, este tipo de operaciones podrá valorarse al coste amortizado o a valor razonable con cambios en otro resultado global, siempre que los flujos contractuales no difieran de forma significativa de los de un préstamo tradicional.
Asimismo, la circular incorpora ajustes derivados de otras normas internacionales, como la NIC 1 y la NIC 8, relacionadas con la presentación de estados financieros y los cambios en estimaciones contables, así como de la NIC 7 y la NIIF 7, que amplían la información a revelar sobre flujos de efectivo e instrumentos financieros. En conjunto, estos cambios buscan clarificar definiciones, mejorar la calidad de la información y ofrecer mayor seguridad jurídica a las entidades supervisadas.
Otro aspecto destacado es la revisión de los requerimientos relativos a las coberturas por riesgo de crédito vinculadas al riesgo-país. El Banco de España reconoció que, en el contexto actual, el riesgo geopolítico y el riesgo-país se superponen parcialmente, lo que hacía necesario actualizar los criterios de estimación. Con la nueva normativa, se facilita que las entidades utilicen metodologías internas más flexibles y alineadas con sus modelos generales de gestión del riesgo, evitando desarrollos paralelos innecesarios.
En línea con el objetivo de simplificación, la Circular 1/2025 introduce cambios relevantes en los estados financieros reservados. El supervisor inicia un proceso progresivo para sustituir determinados estados agregados por información granular procedente de la Central de Información de Riesgos. Como primer paso, se eliminan algunos estados específicos relacionados con la cobertura del riesgo de crédito y con activos adjudicados, que serán reemplazados por datos más detallados reportados a la CIR. Este cambio permitirá mejorar la calidad de la información disponible y reducir la duplicación de reportes.
La norma también eleva de forma significativa algunos umbrales de reporte, lo que reducirá el número de entidades obligadas a remitir cierta información periódica. Por ejemplo, en el caso de la operativa con derivados, el umbral pasa de 10 millones de euros a 500 millones de euros, una medida que apunta directamente a disminuir la carga administrativa para las entidades de menor tamaño.
El Banco de España subrayó que esta reforma se enmarca en un movimiento más amplio de simplificación regulatoria impulsado a nivel europeo, cuyo foco es racionalizar la información que las entidades envían a las autoridades financieras sin menoscabar la supervisión prudencial. Desde la perspectiva del regulador, la reducción de complejidad y la mejora de la coherencia normativa contribuyen tanto a la eficiencia del sistema financiero como a la estabilidad del conjunto del sector.
La Circular 1/2025 entra en vigor el día 30 de diciembre, aunque algunas de sus disposiciones se aplicarán de forma gradual a lo largo de 2026, permitiendo a las entidades adaptar sus sistemas y procesos. Con esta actualización, el Banco de España refuerza su apuesta por un marco contable más claro, moderno y alineado con los estándares internacionales, en un contexto de crecientes exigencias de transparencia y calidad de la información financiera.
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