Susana G. Raya es contadora pública, especialista en análisis impositivo de monedas virtuales y empresas digitales. Cointelegraph en Español conversó con ella, en Argentina, sobre su visión de las criptomonedas y las regulaciones.

Fernando Quirós (FQ): ¿Qué potencial le ves a Bitcoin y las criptomonedas?

Susana Raya (SR): Tanto bitcoin como algunas otras criptomonedas son activos descentralizados, portables; existe transparencia  y seguridad en las transacciones siendo, además de ser un importante resguardo de valor. Estas son grandes ventajas sobre las monedas convencionales.

Creo que el potencial que tiene Bitcoin y sus sucesoras es mucho mayor a eso, y estamos en un punto de inicio del desarrollo potencial que se dará en un futuro cercano.     

Al ser un medio de pago con tantas ventajas, resulta ser cada vez más aceptado en las operaciones que realizan las grandes empresas digitales, y también en nuevas plataformas de servicios. 

Poco a poco, la gente va ingresando a los nuevos proyectos innovadores que se multiplican en el ecosistema y, considerando la posibilidad de que esto a su vez se  valorice en el tiempo, permiten realizar operaciones financieras que le dan un valor agregado adicional.

FQ: ¿Consideras que las criptomonedas son un cambio de paradigma en las finanzas y la forma de transferir valor?

SR: Creo que el cambio de paradigma comenzó a gestarse con la “Economía Digital” que nació de la mano del Internet alrededor del año 1995.  Este enorme adelanto tecnológico provocó modificaciones esenciales en la forma en que vivimos, nos comunicamos, en nuestros hábitos de consumo e incluso en la manera en que trabajamos. 

Comenzaron a desarrollarse nuevas empresas y diferentes modelos de negocios que no existían hasta ese momento, como los desarrollos de compras online, de páginas web, descarga de libros digitales, cursos, ofertas de turismo, la difusión a través de tecnología de streaming, siendo el listado interminable. 

Tiempo después apareció Bitcoin como un evento casi necesario en este desarrollo, “la necesidad de una moneda de internet”,  innovando sobre la economía como la conocíamos. Facilitando la forma de hacer las transacciones de un punto del mundo a otro, con absoluta seguridad, en segundos, y evitando   la centralización e intermediación costosa existente hasta ese momento.

Pero viene con mucho más que eso, la tecnología Blockchain, generando que un universo de proyectos y emprendimientos empiecen a desarrollarse en estas redes, dejando de lado las estructuras tradicionales de intercambio de valor y originando otras maneras de financiación de proyectos.  

Este nuevo modelo de negocios que necesitaba otro modelo de intercambio de valor, ha cambiado ampliamente los esquemas tradicionales. 

Concretamente diría que estamos asistiendo a una gran transformación de los sistemas convencionales y a la revalorización de la libertad en nuestros negocios. Todas estas innovaciones sin dudas son cambios de paradigmas que incluyen a las monedas virtuales como el bitcoin, como elemento necesario en su proyección futura.  

FQ: ¿Crees que ha aumentado el interés por las criptomonedas en Argentina?

SG: Sí, claro. En todos  los países con gran inestabilidad económica, devaluaciones permanentes de la moneda, y prohibiciones, sin dudas las personas necesitan resguardar sus ingresos y ahorros.  

La economía tradicional deja de dar soluciones, por lo que las monedas virtuales son un importante y nuevo resguardo de valor. Argentina en estos momentos es uno de los países donde más se está invirtiendo en criptomonedas, existiendo este año una escalada enorme. 

Una importante cantidad de recursos están saliendo de la economía formal y transfiriéndose a estas monedas, especialmente a las stablecoins o monedas estables,  que están ancladas a un activo en el que la gente ya confía, como el dólar, dejando de ser la volatilidad un problema.

Personalmente esta correlación la veo reflejada en mi actividad, donde cada vez más personas consultan sobre estas nuevas formas de resguardo de valor.

FQ: ¿Hay un marco regulatorio de las criptomonedas en Argentina? 

SG: En Argentina no existe aún un marco regulatorio específico completo. Solo han salido normas aisladas, algunas de carácter netamente impositivo con las disposiciones en la ley del impuesto a las Ganancias y en los regímenes de información y percepciones obligatorias.   

Otras por el  lado del Derecho, que  han consensuado el concepto que considera  a las monedas virtuales como Activos Financieros y que no son monedas de curso legal. 

Esto es muy  importante  porque quedó establecido primero que sus operaciones son completamente lícitas. Y segundo, que no aplican las normas de la Ley Penal Cambiaria. 

FQ: ¿Es muy diferente el marco regulatorio que hay en otros países?

SG: No realmente. Las normativas que se vienen implementando tanto en Latinoamérica como en Estados Unidos, España y otros países de Europa, tienen bastante similitud debido a que ha habido reuniones entre países donde se ha puesto este tema sobre el tapete, como ocurrió en la última  reunión cumbre del G20. En esa reunión se armó una comisión específica para el estudio del tema Criptomonedas, y allí se comenzaron a dar lineamientos generales que los diferentes países han ido implementando a sus legislaciones propias. 

FQ: ¿Se pagan impuestos por hacer transacciones con criptomonedas en Argentina?

SG: No todas las transacciones se encuentran gravadas. Hay muchas operaciones que están  fuera del ámbito impositivo ya sea porque son específicamente exentas o eventuales.  

Tampoco están gravadas aquellas que, por la forma de realizarlas quedan fuera de los registros en el país, como  las  compra o venta directa (P2P) en plataformas extranjeras y sin transferencias a cuentas bancarias nacionales, o las que se realizan presencialmente F2F (face to face) y en efectivo.   

El tema impositivo en nuestro país es particularmente complejo y en la realidad se dan diferentes situaciones que es necesario analizar puntualmente. 

Básicamente, las operaciones  gravadas son  las que significan una fuente de ingresos habitual  para una persona, donde se opera con los bancos y se obtiene  rentabilidad permanente con esto. 

Hay que tener presente que lo que se grava es “la ganancia”. Es decir que hay un abanico de gastos involucrados que son legítimamente deducibles de una operación y el impuesto se liquida sobre la diferencia. 

FQ: Bitcoin fue creado para no depender de gobiernos, bancos centrales o empresas. ¿Afecta realmente a Bitcoin que exista regulación en un país?

SG: No,claro que no. Las legislaciones van avanzando, por lo que mencionaba respecto del traslado de enormes masas de recursos sobre los que los estados no tienen control.

Pero son justamente las grandes fortalezas que poseen Bitcoin y las criptomonedas lo que ha ocasionado que el estado no se mantenga al margen y quiera  obtener sus propios recursos a través de los impuestos. 

FQ: ¿Qué piensas del fenómeno DeFi?

SG:  Al margen de los avances que he comentado, es bueno empezar a poner la mirada en la nueva innovación que también viene de la mano de la tecnología de Blockchain, y que son las Finanzas descentralizadas o llamadas DeFi

Esto incluye a activos digitales, desarrollos de contratos inteligentes y nuevas formas de financiamiento y apalancamiento para nuestras inversiones, que va a generar significativos cambios en nuestras costumbres y modos de trabajar y de  obtener ingresos.  

Acerca de Susana Raya

Es profesional, contadora pública egresada de la Universidad Nacional de Cuyo, en Mendoza (Argentina).

Es especialista en Análisis Impositivo de  Monedas Virtuales y Empresas Digitales.

Además es titular fundadora de la firma Stingray  & Co, con sede en Málaga, España. También es directora y titular de la Consultora Integral de Empresas S.G.R.  Consulting, con sede en Mendoza, Argentina

Será uno de los docentes del curso “Derecho en Blockchain”, organizado por Crypto Resources, que dará comienzo el 7 de octubre próximo. Los interesados en más información sobre la capacitación, pueden ingresar aquí.

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