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Fernando Quirós
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Igor Belkin
Revisado por Igor Belkin,Ex editor de plantilla

España: La Comisión Nacional del Mercado de Valores aclara dudas sobre las Fintech

España: La CNMV actualiza un documento para aclarar dudas sobre las empresas de tecnología financiera

España: La Comisión Nacional del Mercado de Valores aclara dudas sobre las Fintech
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En España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores actualizó un documento titulado “Preguntas y Respuestas dirigidas a empresas FinTech sobre actividades y servicios que pueden tener relación con la CNMV”. Así lo informó El Asesor Financiero, el 13 de marzo.

En la introducción del documento que publicó el organismo, se aclara que la CNMV abrió en diciembre del 2016 un punto de contacto (el Portal FinTech CNMV) con el objetivo de promover las iniciativas en el ámbito de la tecnología financiera (FinTech, en inglés) que permitan ofrecer modelos de negocio más orientados al inversor final y mejorar la eficiencia y la competitividad de los mercados financieros en España.

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"A través del Portal FinTech, la CNMV ha colaborado con los promotores y entidades financieras que lo han solicitado, proporcionando ayuda sobre la interpretación y aplicación de aspectos normativos del mercado de valores que pudieran afectar a sus proyectos. Esta colaboración ha permitido a la CNMV conocer de primera mano algunas de las demandas y necesidades del sector FinTech en España y ha derivado en la fijación de criterios sobre determinadas cuestiones que se ponen a disposición del público con este documento en formato de Preguntas y Respuestas", indicaron.

Además, aclararon que los criterios expuestos, podrán ser objeto de revisión y, en la medida que se planteen otras cuestiones que se considere necesario aclarar, se irán añadiendo a este documento de preguntas y respuestas, identificando en cada caso la fecha de actualización.

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Según El Asesor Financiero, los cambios introducidos aclaran que:

* Se permite la figura del “introducing broker” para Plataformas de Financiación Participativa, es decir, terceros que puedan captar inversores para la PFP sin ser agentes y exclusivamente para que los inversores entren en contacto con la PFP.

* Se permite que las PFP utilicen a terceros para identificar o captar potenciales proyectos.

* Se establecen criterios en lo relativo a las páginas web dedicadas a agregar y comparar proyectos de inversión de diferentes PFP (“agregadores”).

* Las PFP pueden realizar la actividad de “agregador” de proyectos de PFP pero sin incluir información sobre otros productos financieros o sobre Empresas de Servicios de Inversión.

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