Brian Quintenz, de la Comisión de Comercio de Futuros de Productos Básicos de los Estados Unidos (CFTC), ha abordado la cuestión de la rendición de cuentas en una era de financiación desintermediada y contratos inteligentes. El Comisario pronunció sus palabras en la 38ª Conferencia Anual de la Semana de la Tecnología GITEX, celebrada en Dubai el martes 16 de octubre.

En términos generales, el comisionado propuso que cuando se trata de acciones de aplicación, no sólo los usuarios, sino también los propios codificadores pueden ser responsabilizados. Quintez explicó:

"La pregunta apropiada es si estos desarrolladores de código podrían razonablemente prever, en el momento en que crearon el código, que probablemente sería utilizado por personas de los EE. UU. de una manera que viola las regulaciones de la CFTC".

Quintenz enmarcó su discusión señalando las complicaciones que surgen al aplicar los paradigmas legales tradicionales al "mundo desintermediado de la blockchain", enfatizando los desafíos que el sector emergente plantea al papel particular de la CFTC, que se centra en la intermediación y se centra en preservar la integridad del mercado a través de la supervisión.

Sin embargo, en el caso de las finanzas desintermediadas, los actores clave son, en cambio, los desarrolladores principales de una determinada red blockchain, sus mineros y usuarios, todos los cuales operan en un marco "anónimo y descentralizado".

Para hacer frente a las preocupaciones reglamentarias planteadas por este contexto, Quintenz se centró en particular en los contratos inteligentes, que funcionan en una blockchain y están programados para interactuar de acuerdo con normas vinculantes y preestablecidas.

Como Quintenz señaló, estos contratos son "autoexigentes" y "funcionan sin más intervención". Sin embargo, refutó el conocido criptoadagio "el código es ley", argumentando que aunque los contratos inteligentes complican los marcos existentes y la cuestión de la rendición de cuentas, no obstante están sujetos a regulaciones y precedentes legales particulares.

En muchos casos, argumentó, la naturaleza básica de tales contratos puede ser identificada como teniendo las "características esenciales" de los productos derivados tradicionales: pueden parecerse a un canje, o tener "funciones similares a las de un canje al facilitar el comercio".

Un ejemplo sería el de los individuos que desarrollan "datos predictivos sobre eventos financieros futuros, como el rendimiento de una acción [...] [y] ofrecen sus datos para la compra a través de contratos inteligentes".

La oferta de estos datos podría caer bajo el ámbito de los reguladores, ya sea porque se los considera "asesoramiento en materia de inversión" o incluso, "dado el anonimato de las predicciones", porque se los considera "nefastos", lo que permite el "uso de información privilegiada".

En otros casos, los protocolos de contratos inteligentes permiten que "los individuos apuesten sobre el resultado de eventos futuros, como eventos deportivos o elecciones" usando cripto, lo que sugirió que en algunos casos puede parecerse a lo que la CFTC considera un "mercado de predicción", señalando esto:

"En el pasado, la CFTC ha prohibido en general los mercados de predicción por ser contrarios al interés público, permitiéndolos sólo en circunstancias limitadas cuando ha descubierto que operan en pequeña escala, sin fines de lucro, y sirven para fines académicos".

Como se informó ayer, el ex presidente de la CFTC, Gary Gensler, enfatizó que la mayoría de los tokens vendidas a través de las Ofertas Iniciales de Monedas (ICO) deben ser clasificadas como valores, y deben estar bajo el ámbito regulatorio de la Comisión de Valores y Bolsa de los Estados Unidos (SEC, por sus siglas en inglés).