En el contexto actual, donde los criptoactivos han ganado una relevancia significativa en el panorama financiero global, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Argentina emitió un dictamen clave sobre el tratamiento fiscal de las criptomonedas, especialmente en relación con el “Impuesto sobre los Bienes Personales”. Este dictamen viene a esclarecer una cuestión jurídica fundamental: la naturaleza de las criptomonedas y su correcta inclusión dentro del régimen impositivo.

El documento, de fecha 16 de junio de 2022,  reveló una clara posición de la AFIP, señalando que las criptomonedas deben ser consideradas como “activos financieros” y no como bienes inmateriales. Este cambio de criterio ha tenido implicaciones directas sobre la forma en que se gravarán estos activos en el país.

Criptomonedas como activos financieros: argumentos de la AFIP

El análisis de la AFIP destaca que, a partir de relevamientos y estudios comparados de legislaciones internacionales, las criptomonedas poseen características que las hacen asimilables a los activos financieros tradicionales. 

Según el dictamen, "el mercado de las criptomonedas denota una marcada volatilidad y descentralización", dos rasgos que comúnmente se asocian con productos financieros de alto riesgo y especulativos. Este tipo de activos, argumenta la AFIP, suelen negociarse con el objetivo de obtener rentabilidad en un corto plazo, lo que refuerza su carácter financiero.

Además, se señala que las criptomonedas, al igual que otros activos financieros, tienen una naturaleza digital. A diferencia de los bienes inmateriales incluidos en el inciso m) del artículo 19 de la ley que versa sobre la tributación de los bienes personales (Ley N° 23,966), las criptomonedas no pueden ser encuadradas en esa categoría, ya que su uso como medio de intercambio es marginal y su adopción en el sistema económico formal es baja.

De la lectura del dictamen, se puede visualizar que el mismo no surge en un vacío. A nivel global, las criptomonedas han sido objeto de debates legislativos en varios países, lo que ha llevado a un consenso progresivo sobre su tratamiento fiscal. 

La AFIP menciona que las criptomonedas han generado dificultades a los legisladores en cuanto a su definición jurídica, pero muchos países han superado este obstáculo equiparándolas a los activos financieros en términos fiscales. 

En este sentido, en Argentina, el Impuesto sobre los Bienes Personales es uno de los principales gravámenes patrimoniales, y la inclusión de criptomonedas en esta categoría refleja una interpretación armoniosa del régimen fiscal. Según el dictamen, “la consideración de las criptomonedas como un activo financiero en todo el orden fiscal federal implicaría una mayor seguridad jurídica” para los contribuyentes que posean criptoactivos.

Modificaciones legislativas y la postura del legislador

La Ley N° 27,430, que reforma varios aspectos del sistema tributario argentino, confirma esta tendencia al otorgar a las criptomonedas una "naturaleza típicamente financiera". De hecho, el dictamen subraya que el tratamiento tributario de las criptomonedas se asemeja al de otros instrumentos financieros, como los títulos valores, y que los mecanismos de tributación aplicables a la enajenación de criptomonedas son "similares o idénticos" a los utilizados para estos activos tradicionales.

Este enfoque no solo refuerza la posición del legislador, sino que también refleja una adaptación del sistema fiscal argentino a las nuevas realidades del mercado financiero global. En este sentido, se destaca que “las rentas financieras que se gravan en base al universo de contribuyentes que utilizan criptomonedas para inversiones son prácticamente las mismas que las aplicables a otros activos financieros”.

Cambios en la fiscalidad internacional y la normativa local

A nivel internacional, organismos como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) han llevado adelante una serie de iniciativas para adaptar sus marcos regulatorios al crecimiento del mercado de criptoactivos. 

Uno de los desarrollos más recientes es el Crypto Asset Reporting Framework (CARF), que busca establecer un intercambio automático de información sobre criptoactivos entre las administraciones tributarias de diferentes países. Argentina, siguiendo estas recomendaciones internacionales, ha adoptado la definición de "activos virtuales" propuesta por el GAFI, que incluye las criptomonedas dentro de este nuevo marco fiscal.

Este cambio de enfoque también se refleja en las normativas nacionales. El dictamen menciona la reforma a la Ley de Impuesto a las Ganancias que, desde su redacción en 2019, incluye explícitamente las criptomonedas entre los activos gravables. 

Asimismo, el Decreto N° 796/21, emitido en noviembre de 2021, establece que las operaciones relacionadas con criptoactivos no están exentas del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, consolidando aún más el marco fiscal sobre estos activos en Argentina.

Rectificación de criterios previos y seguridad jurídica

Una parte importante del dictamen es la rectificación de un criterio anterior que consideraba a las criptomonedas como bienes inmateriales, lo que las habría eximido de ciertas obligaciones fiscales. 

Este análisis del dictamen aquí explayado, concluye que dicho encuadre es inadecuado, dado que las criptomonedas, por su naturaleza y uso especulativo, no se alinean con los bienes inmateriales enumerados en la ley. 

Esta revisión apunta a garantizar un marco más coherente y claro para los contribuyentes. Al tratar a las criptomonedas como activos financieros, la AFIP asegura que los resultados obtenidos de su tenencia y enajenación estarán sujetos a un tratamiento tributario más ajustado a la realidad del mercado

Esto no solo otorga mayor seguridad jurídica, sino que también simplifica el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.

El dictamen emitido por la AFIP estableció un marco jurídico y fiscal para las criptomonedas en Argentina, alineando su tratamiento con el de otros activos financieros. 

Este cambio de criterio no sólo responde a la evolución del mercado de criptoactivos a nivel global, sino que también busca proporcionar mayor claridad y seguridad jurídica para quienes invierten o poseen criptomonedas en el país. 

Con esta postura, Argentina se sumó desde el 2022 a una tendencia internacional que busca regular de manera más efectiva la creciente adopción de criptoactivos, evitando lagunas fiscales y adaptando su sistema impositivo a las nuevas realidades tecnológicas y financieras. 

En efecto, la página web de la AFIP, muestra una sección dedicada a los criptoactivos. Al acceder a la sección destinada para tal fin, se despliega información sobre cómo están gravados los criptoactivos en marco del impuesto de bienes personales, así como el detalle de las fechas límites para realizar las declaraciones onlines de las posesiones. Además, cuenta con una pequeña guía para que los contribuyentes puedan hacer la carga de la información correspondiente en el portal web de la AFIP. 

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