El reglamento europeo para el mercado de los criptoactivos, conocido como MiCA (Markets in Crypto Assets), comenzará a estar vigente el próximo 30 de junio. Después de varios borradores, votaciones y retrasos por la traducción, MiCA entrará en vigor inicialmente para emisores de e-money tokens y tokens respaldados por una cesta de valores (ART por sus siglas en inglés). La versión completa del reglamento entrará en vigor el 30 de diciembre.
Desde su propuesta en 2020, MiCA ha generado tanto expectativas como críticas, algunas de las cuales afirman que el reglamento “nace desfasado”, “coarta la innovación” y “es una copia de Mifid 2”, dejando fuera muchos puntos relevantes.
¿Es buena o mala noticia la llegada de MiCA?
Según Enrique Palacios Rojo, Director de Cumplimiento Normativo y FinCrime en Onyze y miembro del Comité de expertos sobre travel rule y prevención de blanqueo de criptoactivos en la Autoridad Bancaria Europea (EBA), "aunque la primera versión de MiCA deja fuera servicios descentralizados como DAO, NTF puros, DeFi, y unhosted wallets como MetaMask, así como las divisas digitales de los bancos centrales (CBDC), se ha diseñado para generar un marco de confianza a través de la seguridad jurídica y la protección al inversor institucional y minorista".
Además, para Palacios "el objetivo de MiCA es permitir que las entidades financieras tradicionales ofrezcan servicios de criptoactivos con las máximas garantías, ya sea directamente o a través de proveedores centralizados. La reciente declaración de la ESMA, que permite a entidades reguladas incluir criptoactivos en sus catálogos de inversión, refleja este avance significativo".
Calendario de MiCA
- 30 de junio de 2024: Se aplicarán las disposiciones sobre la emisión de tokens referenciados a activos y e-money tokens, según los títulos III y IV del reglamento.
- 30 de diciembre de 2024: Se aplicarán las disposiciones relativas a la prestación de servicios sobre criptoactivos.
Las entidades que no estén prestando servicios sobre criptoactivos no podrán empezar a operar sin una licencia MiCA a partir de esta fecha. Aquellas entidades que ya estén prestando servicios antes de esta fecha podrán seguir haciéndolo sin licencia hasta el 30 de diciembre de 2025 en España.
Impacto y perspectivas futuras
La llegada de MiCA promete inspirar optimismo al establecer claridad regulatoria, un aspecto fundamental para la adopción de criptoactivos en la Unión Europea (UE). Aunque MiCA 1.0 deja algunas áreas sin cubrir, su estructura en fases busca equilibrar la innovación con la seguridad jurídica.
Para el regulador europeo, las DeFi aún no son sistémicas, aunque preocupan cuestiones como los estándares y auditoría de smart contracts, la gobernanza de protocolos y la responsabilidad en las DAO. Estos temas se abordarán en la siguiente revisión del reglamento prevista para 2027.
En el contexto geopolítico actual, los criptoactivos forman parte integral de los servicios financieros del futuro. Pese a las críticas, MiCA pareciera cumplir con su objetivo de establecer claridad regulatoria, facilitando la inclusión de criptoactivos en el sistema financiero tradicional de la UE.
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