En el último Informe de Estabilidad Financiera, el Banco Central de la República Argentina (BCRA), advirtió que si se masifica el uso de stablecoins, puede generar riesgos similares a los de los depósitos en moneda extranjera. Así lo informó El Cronista, el 19 de noviembre, en un artículo que lleva la firma de Ana Clara Pedotti.
La publicación citó como fuente el último Informe de Estabilidad Financiera. "Al igual que otros organismos pares en el resto del mundo, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) puso el ojo en el avance de los criptoactivos y cuál puede ser su impacto en el sistema financiero local. Más allá de la viabilidad de las monedas digitales más conocidas, el organismo estudia qué consecuencias podría tener el uso de las denominadas stablecoins, es decir una divisa digital que suele estar respaldada por una moneda fiat, alguna materia prima o una canasta de activos", detalló Pedotti.
A través del Informe de Estabilidad Financiera, la autoridad monetaria dedicó todo un apartado para entender los posibles casos de uso de estas monedas virtuales y las amenazas que estas podrían conllevar. "Si bien las stablecoins aún no representan una fuente de riesgo financiero a nivel global, lo pueden alcanzar en un futuro no muy lejano", señaló el estudio.
Entre las cosas que el Central enumeró, se habló de "potenciales implicancias en materia de protección del consumidor y del inversor, privacidad y protección de los datos, prevención del lavado de activos y el financiamiento al terrorismo, evasión y elusión fiscal, política de competencia leal y antimonopolio, integridad del mercado, gobernanza sólida y probabilidad de escalar globalmente de forma repentina, haciendo necesario su adecuado y oportuno monitoreo".
Según contó Pedotti, los analistas del Central advirtieron que si se masifica el uso de este tipo de criptoactivos corren riesgo los depósitos bancarios: "Bajo determinadas características de oferta, un aumento de la demanda relativa de las stablecoins podría disminuir la demanda de medios de pago tradicionales como el dinero en efectivo o los depósitos bancarios. Además, ante una posible pérdida de confianza respecto a una stablecoin cuyo respaldo en moneda fiduciaria o activos no correspondiera al total emitido, podrían tener lugar salidas repentinas de depósitos de estos activos estables. Esta situación podría generar eventos de tensión con características similares a los que ocurren durante una salida de depósitos bancarios".
Así, según el artículo de El Cronista, estas cuestiones fueron planteadas por los ministros de Finanzas y Presidentes de Bancos Centrales de los países del G20 que solicitaron al FMI, en conjunto con otros organismos internacionales, continuar avanzando en el monitoreo y análisis de los potenciales riesgos que las stablecoins pueden acarrear a nivel global.
Restricciones cambiarias y criptomonedas
En medio de la crisis económica que vive Argentina, diferentes medidas restringen la libertad de los ciudadanos para la compraventa de divisas. En este contexto, el Banco Central (BCRA) añadió el pasado 31 de octubre más limitaciones, sobre todo para evitar algunas alternativas que podrían usar los argentinos para esquivar el cepo cambiario, lo que incluye las transacciones para adquirir criptomonedas.
La entidad emitió la Comunicación "A" 6823 para entidades financieras, casas de cambio, empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y empresas no financieras emisoras de tarjetas de compra. El punto 1 establece que:
Las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales deberán contar con la conformidad previa del Banco Central para acceder al mercado de cambios para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del 01.11.19 inclusive, cuando tales pagos se originen, en forma directa o indirecta a través del uso de redes de pagos internacionales, en las siguientes operaciones:
a) la participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo y/o,
b) la transferencia de fondos a cuentas en Proveedores de Servicios de Pago y/o,
c) la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior y/o,
d) la realización de operaciones cambiarias en el exterior y/o,
e) la adquisición de criptoactivos en sus distintas modalidades.
Mientras tanto, el punto dos de la citada comunicación explica que habrá un tope en el monto de las operaciones y detalla que se establece en USD 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas de crédito locales como adelantos en efectivo a los tarjetahabientes en el exterior.
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